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Acceso a Justicia - Novedades
26/09/2019

Finalizó con acuerdo de mediación un largo conflicto territorial entre la comunidad Yahaveré y Haciendas San Eugenio S. A.


Los guaraníes correntinos obtuvieron las escrituras de tierras cedidas por la empresa ganadera


       

Imagen Nota

En un acto realizado el 18 de septiembre pasado en el Superior Tribunal de Justicia de Corrientes, se oficializó, mediante la firma de un acta, la entrega de tierras a los pobladores de la comunidad guaraní de Yahaveré, por parte de la empresa Haciendas San Eugenio S. A.

Participaron de la ceremonia el presidente del Superior Tribunal de Justicia de esa provincia, doctor Luis Eduardo Rey Vázquez; el ministro supervisor del Centro Judicial de Mediación, doctor Fernando Augusto Niz; el ministro del Superior Tribunal de Justicia, doctor Alejandro Alberto Chaín; el presidente de la comunidad de Yahaveré, señor Hernán Sotelo, y el presidente de Haciendas San Eugenio S. A., señor Eduardo Arturo Macchiavello.

También asistieron la jueza en lo Correccional n.° 1 Gabriela Aromí de Sommer, quien oportunamente había enviado la causa a mediación; el fiscal en lo Correccional interviniente doctor Pablo Sosa; el secretario del Centro Judicial de Mediación, doctor Miguel Antonio Benítez y la inspectora de Justicia de Paz, doctora Ingrid Lissy Factor.

Acompañaron el acto numerosos pobladores de la comunidad, beneficiarios directos del acuerdo y senadores provinciales.

Declaraciones

El doctor Luis Eduardo Rey Vázquez celebró el acuerdo que finalizó con la entrega de tierras y destacó la importancia de que sean las partes las que encontraron la salida al conflicto: “Para el Superior Tribunal los métodos alternativos de resolución de conflictos son una política pública. Por ello, es trascendental para nosotros que, en una causa penal, se tuviera este resultado”.

Por su parte, el titular de Haciendas San Eugenio S. A. se mostró satisfecho de ceder estas tierras a los pobladores de Yahaveré. “De ahora en adelante somos vecinos, por lo que trabajaremos juntos y en armonía. Concepción se está desarrollando como un centro turístico importante como acceso al Iberá, por lo que esperamos que el Estado intervenga organizando y coordinando”, indicó.

En nombre de la comunidad guaraní tomó la palabra Miriam Sotelo, una de las principales promotoras de la lucha para que se reconozca a la comunidad aborigen el derecho de propiedad de las tierras. “Es la primera vez que una empresa privada restituye tierras indígenas y hoy se marca un antes y un después en la lucha por nuestros derechos”, sostuvo. Asimismo, agradeció al Superior Tribunal de Justicia por facilitar los medios necesarios para resolver la situación y llegar a un acuerdo.

A su turno, el doctor Fernando Augusto Niz felicitó a las partes por arribar a un acuerdo pacífico y remarcó que, a nivel mundial, el caso Yahaveré no tiene precedentes por la solución integral a la que se llegó.

“Los doctores Aromí y Sosa pudieron detectar que este era un caso para mediación porque ambos tienen conocimientos de resolución alternativa de conflictos. Gracias a ello, se llegó al Centro Judicial de Mediación, a cargo del doctor Miguel Antonio Benítez, también clave en esta solución positiva”, destacó el ministro. 

Acuerdo

La causa judicial se remonta al año 2006 y tramitaba ante el Juzgado Civil y Comercial n.° 2 bajo la carátula “Leiva Nicanora Norberta, Sotelo Gladis Isabel, Sotelo Antonio y Gómez Doroteo c/Forestal Andina S. A. s/ interdicto de recobrar la posesión” de tierras rurales en el Departamento de Concepción, paraje Yahaveré.

Fue remitida al Centro Judicial de Mediación de la provincia y, en el año 2018, pudo cerrarse con éxito un acuerdo que puso fin a un largo pleito.

A través de la mediación, el propietario se comprometió de manera voluntaria y como un acto de liberalidad gratuita de su parte a entregar el título de propiedad a favor de miembros de la comunidad Yahaveré. También aceptó colaborar en las refacciones necesarias para el funcionamiento de un establecimiento educativo y realizar mejoras y poner en valor el cementerio ubicado en una zona de su propiedad, según establecen las cláusulas 3 y 6.ª del acuerdo.