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La Rioja

MEDIACIÓN

La provincia no cuenta con una ley de mediación judicial.

Centro de Resolución Alternativa de Conflictos
del Ministerio Público de la Defensa de la Provincia de la Rioja

         La provincia de La Rioja, desde el año 2004 comenzó a trabajar sobre la implementación de un Plan Piloto con la creación de un Centro de Resolución Alternativa de los Conflicto por parte de la Defensoría General de la Provincia, a instancias de su entonces Titular Dr. Santiago Ríos. Para fortalecer estas políticas de acceso a justicia, la Escuela Judicial de la Función Judicial de la Provincia, en el año 2007 mediante un Convenio de Colaboración con la Universidad Nacional de La Rioja, implementaron una Diplomatura en Resolución de Conflictos para la formación de Mediadores.

La Diplomatura se presentó ante el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación a los fines de que por vía institucional se habilite a la citada como Institución Formadora en Mediación ante el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y, que en consecuencia, se la inscriba en el Registro de Instituciones Formadoras, el Sr. Director de la Dirección Nacional PMP JUS. Res. MJ y DH Nº75/2002, Dr. Mario Héctor Resnik aprobó este pedido y, por ende, mediante Disposición 17/05, dispuso habilitar con el número 190 (ciento noventa) del Registro de Instituciones Formadoras en Mediación a la entidad “Universidad Nacional de La Rioja-Diplomatura en Resolución de Conflictos”.

De la referida capacitación, se lograron 120 Diplomados en Resolución de Conflictos y 80 Expertos en Mediación, muchos de los cuales cumplían funciones en el Poder Judicial y en la Defensoría General de la Provincia de La Rioja. La actividad del Centro de Resolución de Alternativa de Conflictos, recién se sistematizó en el Año 2013; y a partir del año 2015 se aumentó considerablemente el número de mediadores, lo que funciona en un horario diferenciado dentro en el ámbito del MPD.

Como forma de mejorar el sistema de justicia, los representantes del Ministerio Público fueron incorporando mecanismos que resultan apropiados para la resolución de determinadas situaciones conflictivas.  Concretamente este mecanismo pudo aplicarse también en los Juzgados de Instrucción, ante los delitos de impedimento de contacto con el progenitor no conviviente, y el de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar. Las partes llegan a un acuerdo ante el Asesor de Menores que interviene en la causa penal, se firma y se presenta al juez de Instrucción, permitiendo de este modo un descongestionamiento de las causas penales.

El Centro de Resolución Alternativa de Conflictos – con orientación a la Mediación Familiar conforme lo estableciera la nueva titular de la Defensoría General de la Provincia de La Rioja, Dra. Azucena del Carmen Sánchez desde el 2015, se presenta como un servicio público de defensa y acceso a justicia, conforme a las necesidades surgidas desde la atención diaria al público y adecuada a la normativa provincial, en la cual establece una actuación extrajudicial en defensa del interés de los menores, y en el marco Constitucional Provincial en su art. 144, que exige la implementación de los métodos alternativos de resolución alternativa de conflictos.

En la labor cotidiana del MPD, la mediación se presenta como una solución para los casos de crisis familiares: vínculos matrimoniales o convivientes, división de bienes materiales adquiridos durante la convivencia por la pareja y ante la separación se deben adjudicar entre las parte siempre y cuando estén involucrados vínculos de parentesco por afinidad o consanguinidad, fijar cuota alimentaria o acordar un régimen de contacto, tenencia compartidas, cuidados personales, impedimento de visita, incumplimientos de cuotas, incidentes de convivencia de padres con sus hijos con problemas de conducta por consumos a sustancias. Como así también casos de adultos mayores en situación de abandono.

Convenio Marco de Cooperación para Capacitación Judicial entre la Universidad Nacional de La Rioja y el Excmo. Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de La Rioja, del 22-05-2007 y Acta Complementaria Nº 2 y con aprobaciones departamentales por Res. del Concejo Directivo D.A.C.S.J y E, Nº 323/07 del 08-06-2007, Nº583/2007, Nº594/2007, Nº 870/2007, Nº 871/2007 y Nº 875/2007

La Titulación de Expertos, comprendió la capacitación en la Formación Inicial para aspirantes a mediadores de la Ley 24.573, que en caso particular representó la instancia Introductoria y de Entrenamiento en mediación con un total de 80 horas cátedras. Asimismo, debieron superar las instancias de Capacitación Continua para mediadores matriculados en el Registro de la Ley 24.573.-


CONCILIACIÓN


    El Código Procesal Civil y Comercial de La Rioja, ley 3.372 y sus modificaciones, contemplan este método de solución alternativa de conflictos.
En materia jurisdiccional, la conciliación se presenta en los procesos que tramitan ante los juzgados con competencia en materia laboral como modo anómalo de conclusión de los procesos. La instancia de conciliación previa a los procesos se da en la Secretaría del Trabajo, y es de carácter administrativo.

 


Estadísticas
    

    En las cinco circunscripciones en las que se encuentra dividida la provincia se registraron un total de 36 (treinta y seis) causas laborales concluidas por conciliación sobre 674 (seiscientos setenta y cuatro) causas iniciadas en el 2008.

JUECES DE PAZ
    En la Constitución de la provincia se dispuso en el art. 129 que la función judicial será desempeñada, entre otros, por jueces de paz letrados o legos.
Los requisitos para ser jueces letrados y miembros del Ministerio Público figuran en el art. 135, y consisten en: poseer título de abogado, dos años de ejercicio profesional o funciones judiciales y veinticinco años de edad. Para ser juez de paz lego se requiere mayoría de edad y título secundario. En todos los casos se requiere ser argentino con dos años de residencia previa a su designación en la provincia.

JUECES DE PAZ LEGOS
    Experiencia innovadora en la aplicación de métodos alternativos de resolución de conflictos en el departamento de Sanagasta.
Los jueces de paz legos recibieron capacitación acerca de los métodos alternativos de resolución de conflictos en la Universidad Nacional de La Rioja, debido al Convenio de Colaboración con el Tribunal Superior de Justicia. Por este motivo, realizaron la Diplomatura y Expertación en Resolución de Conflictos, la que culminará con la realización de pasantías.

    Si bien la provincia no cuenta con una ley de mediación judicial, resulta interesante mencionar la experiencia de algunos jueces de paz legos que aplican, entre otros, la mediación para resolver las controversias cotidianas denunciadas.

    De acuerdo al relato de la jueza de paz lego de la Villa Sanagasta son innumerables los casos que se presentan ante el juzgado y diversos los temas por los cuales las personas solicitan solución a sus conflictos, tales como, problemas vecinales, agresiones, violencia familiar, entre otros. En su caso, se presenta personalmente al domicilio de los interesados del conflicto donde les explica la situación y los invita a que concurran al juzgado a su cargo. Una vez allí, propone a las partes posibles acuerdos, dejándoles a los interesados la decisión final de la controversia. Dependiendo los casos, la jueza recurre a la negociación, conciliación o mediación para solucionar aquellos problemas que presentan las partes.

JUZGADOS DE PAZ LEGOS

Primera Circunscripción Judicial:

  • Departamento Capital-Asiento Capital - Pelagio B. Luna 441-Tel. (03822) 439315
    Juez de Paz Lego N° 1 Sra. Vivian Raquel Barros
    Juez de Paz Lego N° 2 Sr. Alejandro Cristian de la Vega
  • Departamento Independencia- Asiento Patquia
    Juez Titular Sra. Silvia Inés Centeno
    Juez Suplente Sr. Armando Alfonso Díaz
    SECRETARIA
  • Departamento Angel Vicente Peñaloza-Asiento Tama
    Juez Titular Sra. Celestina Rosa Bazán de Flores
    Secretario Sr. Damián Rogelio Zapata
  • Departamento Sanagasta-Asiento Sanagasta
    Juez Titular Sra. Clara Mercedes Herrera de Paez
    Secretario Sr. Néstor Ramón Pereyra

Segunda Circunscripción Judicial:

  • Departamento Chilecito-Asiento Chilecito
    Juez Titular Sr. Raúl Héctor Sabanes
  • Departamento Famatina- Asiento Famatina
    Juez Titular Sr. Hugo Felipe Arguello
  • Departamento General Lamadrid - Asiento Villa Castelli
    Juez Titular Sr. Omar Mercedes Gonzalez
    Juez Suplente Sra. Leonor Nicolasa Butel de Olivera
    Secretaria Sra. Elsa Ramona Guerrero de Barrera
  • Departamento Coronel Felipe Varela- Asiento Villa Unión
    Juez Titular Sr. Raúl Héctor Maldonado
    Secretaria Sra. Candelaria M. De La Vega de Barrionuevo
  • Departamento Vinchina - Asiento Villa de San José de Vinchina
    Juez Titular Sr. Roque Omar González


Tercera Circunscripción Judicial:

  • Departamento Chamical - Asiento Chamical
    Juez Titular Sr. Carlos Alberto Quinteros
  • Departamento General Belgrano - Asiento Olta
    Juez Titular Sr. Juan de Dios Ortiz
    Juez Suplente Sra. Isabel del Valle Toledo
    Juez Suplente A/C Sra. Antonia Leticia Fernández
    Secretaria Sra. Victoria Yolanda Tello
  • Departamento General Ocampo - Asiento Villa Santa Rita de Catuna
    Juez Titular Sra. María Susana Flores de Ávila
    Secretaria Sra. Maria Elena Tello de Rivero
  • Departamento General Ocampo - Asiento El Milagro
    Juez Titular Sra. Josefa del Valle Romero de Herrera
    Juez Suplente Sra. Mirtha del Valle Pérez de Aspitia
    Secretaria Sra. Maria Eva Nievas de García


Cuarta Circunscripción Judicial:

  • Departamento Arauco - Asiento Aimogasta
    Juez Titular Sra. Brigida Eva Quinteros
  • Departamento Arauco - Asiento Villa Mazán
    Juez Titular Sr. Nicolás Alberto Brizuela
    Secretaria Sra. Graciela del Valle Álamo de De La Vega
  • Departamento Castro Barros - Asiento Aminga
    Juez Titular
    Juez Suplente Sra. Stella Mary Alamo
    Secretaria Srta. Norma Lía Toledo
  • Departamento San Blas de los Sauces - Asiento Los Robles
    Juez Titular Sra. Paola Vanina Barrionuevo
    Juez Suplente Sr. Antonio A. Sotomayor -Licencia sin goce de Haberes-
    Secretario Sr. Guillermo Ríos


Quinta Circunscripción Judicial:

  • Departamento Rosario Vera Peñaloza - Asiento Chepes
    Juez Titular
    Juez Suplente Sra. María Fernández de Gallardo
    Secretaria Sra. Maria Nelida Cáceres de Pazos
    Secretario Sr. Ernesto Bazán
  • Departamento Juan Facundo Quiroga - Asiento Malazan
    Juez Titular Sr. Enrique Nicolás Escudero
    Secretaria Sra. Elva del Rosario Flores de Brac
  • Departamento Gral. San Martín - Asiento Ulapes
    Juez Titular Sra. Gladys Petrona Carrizo de Pintos
    Secretario Sr. Ramón Humberto Soria


OFICINA DE ATENCIÓN A LA VÍCTIMA

    La Oficina de Asesoramiento y Asistencia a la Víctima del Delito fue creada por resolución 75 bis/06 y tiene por objeto informar a la víctima sobre el trámite procesal del hecho penal, asistirla sobre los efectos del delito y protegerla ante la amenaza o riesgo de seguridad con motivo del proceso penal (incisos 9 y 11 del artículo 16 de la ley nº 5.825). En marzo de 2006 se aprobó el Programa de Asistencia a la Víctima del Delito por resolución Nº 113.

PROTECCIÓN Y RESTITUCIÓN DE NIÑOS

Red Nacional de jueces de familia para la protección y restitución internacional de niños

  • Dr. Carlos H. de la Fuente (Juez de Menores de la Primera Circunscripción Judicial)

Adhirió al Protocolo de actuación para el funcionamiento de los convenios de sustracción internacional de niños, 23 de mayo de 2021, Acuerdo 108